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Miércoles, 26 Julio 2023 13:54

Elecciones y discapacidad: brindan recomendaciones para garantizar el derecho al voto

De cara a las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se celebrarán el 13 de agosto, el Instituto Provincial de Discapacidad (Iprodi) recordó que las personas que tengan alguna dificultad en el acceso al lugar de votación, podrán garantizar su derecho al voto.

La ley nacional 26.571 de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, sancionada en 2009, consagra medidas primordiales consideradas por la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con discapacidad. En ese marco, el Iprodi difundió una serie de medidas y recomendaciones para garantizar el derecho el derecho al voto sin limitaciones.

¿Quienes pueden votar?

Las personas que pueden votar son todas y todos los electores argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, que estén inscriptas en el padrón. Sólo se puede votar con la versión del Documento Nacional de Identidad (DNI) que figura en el padrón o una versión posterior. El DNI disponible en la app Mi Argentina no es válido para votar.

El padrón se puede consultar en el siguiente link, donde también se puede conocer el establecimiento donde se realiza el sufragio, el número de mesa y número de orden: http://www.padron.gob.ar/

Estrategias de accesibilidad electoral

De cara a las PASO, el Iprodi brinda medidas que promueven y garantizan el ejercicio del derecho al voto y la participación política en condiciones de igualdad para las y los ciudadanos. Los destinatarios de la accesibilidad electoral son personas con discapacidad, personas con limitaciones permanentes o transitorias, personas mayores, personas gestantes y personas con niñas o niños.

Las personas con discapacidad, personas con limitación permanente o transitoria, personas gestantes o que utilicen algún dispositivo de apoyo (muletas, bastón), pueden solicitar a la autoridad de mesa correspondiente votar sin hacer fila.

También existen otras dos opciones de Accesibilidad Electoral: el voto asistido, que permite entrar al cuarto oscuro con una persona de confianza (debe ser mayor de edad y llevar su DNI) o solicitarle asistencia a la autoridad de mesa; la plantilla guía para la firma, que sirve para que las personas reconozcan con los dedos el lugar donde se tiene que firmar; y el perro de asistencia, que posibilita el ingreso al cuarto oscuro a personas que cuenten con un perro de asistencia o de servicio.

Votación en el cuarto oscuro accesible

Todos los establecimientos de votación cuentan con un Cuarto Oscuro Accesible (COA). Se trata de un espacio cercano al establecimiento, de fácil acceso, señalizado por dentro y fuera del mismo. Puede tratarse de un cuarto oscuro exclusivo o uno común.

Todas y todos los destinatarios de las estrategias de accesibilidad electoral pueden votar en este cuarto. Lo deben solicitar a la o el delegado de la Justicia Electoral o al Comando General Electoral, quienes transmitirán el pedido a la autoridad de mesa.

Publicado en Río Bravo el 26 de julio de 2023

Modificado por última vez en Miércoles, 26 Julio 2023 16:31

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